Inicio Normativa Trámite Tarifa Webs Interés Contacto Formulario ¿Cómo es? NormativaMiguel Ángel Lete - Arquitecto Técnico Plaça Letamendi, 37 2.1. - 08007 Barcelona www.ceducat.net Telf. 93.453.97.02 - Fax: 93.454.08.14 REQUISITOS MINIMOS PARA SU OBTENCION - La vivienda que denominamos habitable debe tener una superficie útil interior mínima de 20 m2. Se podrá hacer una excepción con casos de viviendas construidas antes del año 1.983 y que puedan justificar que han dispuesto en algún momento de la Cédula de Habitabilidad, su superficie útil interior mínima podrá ser de 15 m2.- La altura mínima de suelo a techo debe de 2,20 m2 y del baño, cocina, distribuidores y pasillos de 2,10 m2.- El baño debe disponer de una ventilación directa a la fachada o bien un conducto de ventilación mecánica, que puede ser estática si es vertical. Además debe disponer de wc, de lavabo y de ducha o bañera en buen estado.- Es recomendable tener la instalación de agua fría y caliente en buen estado.- La cocina debe disponer como mínimo de una pica y un aparato de cocina situados en la misma pieza. A NIVEL INFORMATIVO - Cuando alquilen una vivienda, el propietario está OBLIGADO/A a facilitarles el número de la Cédula de Habitabilidad, en el caso de no tenerla, tiene el deber de tramitarla y obtenerla ya que en el contrato de alquiler es necesario hacer constar el número.- Actualmente es obligatorio al comprar una vivienda que en la firma ante el Notario, el vendedor le entregue la cédula de habitabilidad ORIGINAL, en ningún caso debería ser aceptado ni el provisional ni la tramitación de esta.- Las Cédulas de habitabilidad sólo podrán obtenerse para viviendas que estén escrituradas como tales, nunca la podrán obtener los locales, apartamentos, lofts etc... a no ser que se realice un Cambio de uso, el cual se tramita por el Ayuntamiento de cada distrito. Para poder visualizar todos los contenidos debes tener instalada la versión actual de Adobe Flash Player. |